Desde el 21 de septiembre de 2022 está vigente la Ley 14.457 que, entre otras disposiciones, obliga a todas las empresas a promover la capacitación para combatir el acoso, así como a implementar canales de recepción de denuncias.
Canales para denuncias anónimas, e-mails, teléfonos y WhatsApp conectados directamente con el departamento de Recursos Humanos es algo que ya existe en la política de muchas empresas, sin embargo es un canal del empleado directamente con el representante de la empresa, debido a esto muchos empleados no denuncian porque no creen en las medidas correctivas.
Con la promulgación de la referida ley, la responsabilidad de inspeccionar y denunciar el acoso se atribuye al representante de los trabajadores integrando la CIPA.
En resumen, las obligaciones que trae la ley son la inclusión de normas de conducta relativas al acoso sexual y otras formas de violencia en el reglamento interno de la empresa; procedimientos para recibir y dar seguimiento a las denuncias, para investigar los hechos y, cuando sea el caso, aplicar sanciones a los responsables directos e indirectos de actos de acoso y violencia sexual; la inclusión de temas relacionados con la prevención y el combate al acoso sexual y otras formas de violencia en las actividades y prácticas de la Comisión Interna de Prevención de Accidentes (CIPA) y la realización de capacitación, orientación y sensibilización de todos los empleados sobre temas relacionados con la violencia, el acoso, la igualdad y la diversidad en el lugar de trabajo, por lo menos cada 12 meses.
Estas medidas ya están en vigor desde el 20 de marzo de 2023, se aplican a todas las empresas, de cualquier segmento o tamaño, por lo tanto todas las normas establecidas ya son válidas y los ajustes necesarios deben hacerse de inmediato.
Además, la Norma Reguladora nº 5, que trata de la CIPA (Comisión Interna de Prevención de Accidentes) fue alterada y el acoso fue incluido entre las responsabilidades de la CIPA.
Como se puede ver, debido a esta atribución dada a la CIPA (Comisión Interna de Prevención de Accidentes), a finales de este mes, su nomenclatura será alterada, incluso con la disposición expresa de que los miembros deben recibir formación específica con el objetivo de combatir el acoso.
Así, las comisiones que se elijan a partir del 20 de marzo de 2023 deberán recibir formación específica para combatir el acoso.
¿Y si la empresa no dispone de una CIPA para luchar contra el acoso?
Será necesario que esta empresa elabore un Código Ético e imparta formación para combatir el acoso y otras formas de discriminación, teniendo en cuenta que se trata de una cuestión que será objeto de inspección, incluida la aplicación de una multa y, con toda seguridad, se presentará ante los tribunales la solicitud de indemnización por incumplimiento del deber de combatir el acoso.
¿Dispone su empresa de un Código Ético? ¿Está preparada para proporcionar a los miembros de la CIPA la formación adecuada para combatir el acoso?
Para más información, consulte al Dra. Juliana Cerullo, Abogada y Líder del Sector Laboral de Ronaldo Martins & Advogados: juliana.cerullo@ronaldomartins.adv.br, tel. (11) 99967-3638.