Se trata de una importante decisión judicial que amplía la protección indirecta de los consumidores al reconocer que los comerciantes que operan en plataformas de marketplace pueden debatir cuestiones relacionadas con la venta de productos.
La sentencia del TJSP establece una relación de consumo entre el comerciante y el marketplace.
En sentencia del 1º Juzgado Civil del Distrito de Assis, ratificada por la 27ª Sala de Derecho Privado del Tribunal de Justicia de São Paulo, se consideró que la relación entre un comerciante y un marketplace es una relación de consumo, adoptando la teoría finalista atenuada para las personas físicas o jurídicas que no son destinatarias finales del producto o servicio, cuando se encuentran en posición de vulnerabilidad frente al proveedor.
En el caso en cuestión, una comerciante que utiliza los servicios de Mercado Pago para vender sus productos interpuso una demanda contra el marketplace, alegando que su cuenta había sido pirateada y bloqueada, cuando el atacante cambió su contraseña y sus datos, realizando varias retiradas y pagos. Destacó que la plataforma tardó en adoptar medidas inhibitorias, actuando sólo después de dos días, cuando bloqueó su cuenta. La comerciante continuó diciendo que sólo después de un mes de todo el problema recibió un depósito por valor de 10.291,00 reales, cantidad que no corresponde a 1/3 de la pérdida sufrida.
La demanda fue estimada, reconociendo la relación de consumo entre las partes, «al ser el actor usuario de los servicios Mercado Libre y Mercado Pago, como prestador de servicios a los terceros que adquieren sus productos, respecto de los demandados, existe una clara hiposuficiencia procesal y material, especialmente en cuanto a la disparidad en la información sobre las incidencias y la seguridad del sistema, mostrando una asimetría en la relación jurídica entablada.»