Con los votos anticipados, el STF valida la contribución sindical
En la tarde del día 26, incluso con el juicio suspendido, debido a una petición para más tiempo del juez Alexandre de Moraes, los jueces Edson Fachin y Dias Toffoli anticiparon los votos tras el voto del ponente, para validar el cobro de las cuotas sindicales.
De acuerdo con el ponente, Juez Gilmar Mendes: «es constitucional la institución, por acuerdo o convención colectiva, de contribuciones asistenciales a ser impuestas a todos los empleados de la categoría, aunque no estén sindicalizados, siempre que se garantice el derecho de oposición». «Revisando el entendimiento anterior y, considerando que la cotización asistencial financia la negociación colectiva, así como que su facultad de pago, vaciaría la posibilidad de negociación colectiva, alteró el entendimiento para declarar constitucionales las cotizaciones asistenciales.»
La decisión preserva la libertad sindical del trabajador, garantizando el derecho de oposición como alternativa.
Volvemos al pasado, cuando los trabajadores se apresuraban a presentar sus cartas de oposición y los sindicatos dejaban dudas sobre el plazo de presentación.
En todo caso, de confirmarse la decisión mencionada, las áreas de recursos humanos deberán interactuar con sus empleados para asesorarlos sobre la conveniencia o no de mantener u oponerse al descuento de la cuota sindical, sean o no sindicalizados.
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