{"id":10277,"date":"2023-05-30T11:38:57","date_gmt":"2023-05-30T14:38:57","guid":{"rendered":"https:\/\/www.ronaldomartins.adv.br\/?p=10277"},"modified":"2023-05-30T11:38:57","modified_gmt":"2023-05-30T14:38:57","slug":"el-comisionado-general-de-la-justicia-laboral-recomienda-retorno-personal-en-la-primera-y-segunda-instancias-para-juicios-laborales","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.ronaldomartins.adv.br\/es\/30\/05\/2023\/el-comisionado-general-de-la-justicia-laboral-recomienda-retorno-personal-en-la-primera-y-segunda-instancias-para-juicios-laborales\/","title":{"rendered":"EL COMISIONADO GENERAL DE LA JUSTICIA LABORAL RECOMIENDA RETORNO PERSONAL EN LA PRIMERA Y SEGUNDA INSTANCIAS PARA JUICIOS LABORALES"},"content":{"rendered":"
La corregidora general de la Justicia del Trabajo, ministra Dora Maria da Costa, firm\u00f3 el lunes (24) recomendaci\u00f3n<\/a> a los presidentes y supervisores de los Tribunales Regionales de Trabajo (TRTs) para orientar el retorno en persona a las unidades judiciales de primer y segundo grados. La medida tiene en cuenta el escenario epidemiol\u00f3gico controlado y la reducci\u00f3n significativa de los casos de infecci\u00f3n y mortalidad relacionados con el covid-19.<\/p>\n En abril de este a\u00f1o, a trav\u00e9s de la Ordenanza 913\/2022 del Ministerio de la Salud<\/a>, el Poder Ejecutivo Federal declar\u00f3 el fin del estado de emergencia sanitaria resultante del coronavirus. Con ello, de acuerdo com la Recomendaci\u00f3n 2\/2022<\/a> de la Direcci\u00f3n General de Asuntos Internos del Tribunal Laboral, han cesado las justificaciones para mantener medidas excepcionales para hacer frente a la pandemia, como el trabajo a distancia.<\/p>\n \u00a0Seg\u00fan la recomendaci\u00f3n, en las sesiones de juicio de los TRTs, la participaci\u00f3n de un juez o magistrado asociado en telepresencia o por videoconferencia s\u00f3lo se permitir\u00e1 en situaciones excepcionales, previamente justificadas y aceptadas por el presidente del Tribunal.<\/p>\n En el primer grado, la recomendaci\u00f3n es que los jueces se abstengan de celebrar audiencias telepresenciales, salvo a petici\u00f3n de las partes o en casos excepcionales.<\/p>\n En este supuesto, se reanudar\u00e1n los alegatos orales y las audiencias presenciales, pero el Reglamento Interno del TRT podr\u00e1 establecer criterios para esta reanudaci\u00f3n de las actividades presenciales.<\/p>\n Es importante aclarar que, aunque el TST ha determinado que deben reanudarse las actividades presenciales, no se ha derogado la Ley 14442\/2022 recientemente promulgada, por lo tanto, mientras no se disponga lo contrario, en el sector privado se podr\u00e1 mantener el r\u00e9gimen de home office o trabajo h\u00edbrido, observando los dictados legales.<\/p>\n A pesar de la divulgaci\u00f3n de esta recomendaci\u00f3n, a\u00fan no se ha publicado la fecha de reanudaci\u00f3n de las actividades presenciales.<\/p>\n